La obligación de contratar un contador público obedece más a una necesidad de la empresa de contar con información financiera de utilidad, que a una obligación legal.
Por ley, no todas las empresas están obligadas a contratar a un contador público; sólo aquellas que la ley les obliga a tener un revisor fiscal, y aquellas que la ley tributaria les obliga a firmar sus declaraciones tributarias por contador público, que por lo general son grandes empresas
Las empresas pequeñas, los comerciantes pequeños, aunque estén obligados a llevar contabilidad no están obligados por ley a contratar un contador público.
En algunos casos, por exigencias no legales sino comerciales, el empresario debe presentar estados financieros firmados o dictaminados por contador público, caso en el cual puede contratar temporalmente un contador público, quien se encargará de revisar la contabilidad y luego firmar, certificar o dictaminar los estados financieros, según sea el caso.
De otra parte, no hay que olvidar que para que la contabilidad sirva como elemento de prueba al comerciante, esta debe cumplir con todos los requisitos de ley, por lo que siempre que se esté obligado a llevar contabilidad, es aconsejable contar con la asesoría de un contador público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario