jueves, 23 de febrero de 2012

REQUISITOS RÉGIMEN SIMPLIFICADO 2012

Se deberán cumplir 8 requisitos.

Aclarado lo anterior, podemos establecer que durante el año 2012 podrán seguir perteneciendo al régimen simplificado del IVA (o podrán inscribirse por primera vez en dicho régimen si es que apenas durante el 2012 piensan iniciar alguna actividad que las convierta en responsables del IVA) las Personas Naturales que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:
Requisito
Límite (o restricción)
1. En al año anterior, es decir, en el año 2011, sus ingresosBRUTOS fiscales, provenientes de su actividad operacional gravada (es decir, los provenientes de la venta de bienes corporales muebles gravados, o de prestación de servicios gravados o de ejecución de juegos de suerte y azar, pero sin incluir ingresos por operaciones excluidas o los ingresos extraordinarios tales como ventas de activos fijos, o herencias, o loterías, o dividendos, o salarios, etc; ver el Concepto Unificado del IVA 001 de Junio de 2003 de la DIAN, Título IX, Capitulo II, numeral 2.3), no pudieron haber excedido los …..$ 100.528.000(4.000 UVTs x $25.132; Nota: téngase presente que aunque cumplan con este tope de ingresos brutos en el 2011, y por tanto puedan pertenecer al Régimen simplificado del IVA durante el 2012, en todo caso, frente a laobligación de presentar declaración de renta por el año gravable 2011, los topes de ingresos brutos (por cualquier concepto) que deberán revisar son otros diferentes, a saber, los contemplados en el artículo 594si son Trabajadores independientes (3.300 UVT; $82.936.000), o los del artículo 592 (1.400 UVT; $35.185.000) si son comerciantes (véase elArtículo 7 del Decreto 4907 de Diciembre 26 de 2011, y nuestro editorial “¿Cuales personas naturales se convertirán en declarantes de renta por el año gravable 2011?”)
2. Durante el 2012, sus establecimientos de comercio, oficinas, locales o sedes de negocio no pueden exceder de….Máximo uno
3. Durante el 2012, en su establecimiento de comercio, oficina, sede o local le está prohibido desarrollar negocios bajo la modalidad de….Franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles
4. Durante el 2012 no puede llegar a efectuar operaciones que lo conviertan en “usuario aduanero”, es decir, no puede….Intervenir directa o indirectamente en las operaciones de importación y/o exportación de bienes y/o servicios y/o de tránsito aduanero (consúltese nuestra herramienta “Tabla resumen para diligenciar en el RUT el código de Usuario Aduanero” en nuestra sección Modelos y Formatos).
5. Durante el 2011 no pudo haber celebrado contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados con IVA por cuantíaindividual y superior a….$ 82.936.000(3.300 UVT x $25.132)
6. Durante el 2012 no puede llegar a celebrar contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados con IVA por cuantíaindividual y superior a…. (Nota: Si durante el 2012 pretende llegar a firmar un contrato para vender bienes gravados o prestar servicios gravados, y la cuantía del contrato va a superar la cifra aquí reseñada, en ese caso deberá inscribirse en el “Régimen Común”antes de la celebración del contrato; ver parágrafo 1 del artículo 499)$ 85.962.000(3.300 UVT x $26.049)
7. Durante el 2011 sus consignaciones bancarias (en todo el sistema bancario, ya sea en Colombia o en el exterior, y sin importar el origen de los recursos), al igual que sus inversiones financieras (como por ejemplo: constitución de CDTs, adquisición de bonos, etc., ya sea en Colombia o en el exterior), no debieron haber excedido de…113.094.000(4.500 UV x $25.132)
8. Durante el 2012 sus consignaciones bancarias (en todo el sistema bancario, ya sea en Colombia o en el exterior, y sin importar el origen de los recursos), al igual que sus inversiones financieras (como por ejemplo: constitución de CDTs, adquisición de bonos, etc., ya sea en Colombia o en el exterior), no pueden llegar a exceder de$ 117.221.000(4.500 UVT x $26.049)
Hay que aclarar que si una persona natural, a lo largo del año 2012, viene cumpliendo con la totalidad de los anteriores 8 requisitos y por ello puede pertenecer al “Régimen simplificado del IVA”, pero en algún momento termina incumpliendo alguno de los requisitos 2, 3, 4, 6 u 8 antes señalados, en ese caso tal persona natural deberá inscribirse en el “Régimen común” a partir de la iniciación del bimestre siguiente a aquel en el que se incumplió el requisito(s) (Ver Artículo 508-2 del Estatuto Tributario).
Por otro lado, y para quienes ya venían en el Régimen Común antes de iniciarse el año 2012, debe tenerse presente que aún continúa intacta la norma contenida en el Artículo 505 del Estatuto Tributario y que indica que deberán permanecer en dicho régimen durante mínimo 3 años antes de poder pensar en pasarse (o “regresarse”) al régimen simplificado 

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