ABC REFORMA TRIBUTARIA
1. ¿EN QUÉ CONSISTE LA
REFORMA?
La reforma tiene varios capítulos:
i) Impuesto a las personas naturales
Estamos creando un sistema
impositivo que logre que los que más ganen tengan una mayor tasa efectiva de
tributación. El sistema, que hemos llamado IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo
Nacional), logra que se cree una curva “progresiva” de tributación (mayores
tasas a mayores ingresos) y que establezca un mínimo por debajo del cual no
puede ubicarse nadie. Así logramos poner un piso para que no tengamos tasas de
tributación inaceptablemente bajas en los segmentos de ingresos más altos.
ii) Impuestos a las sociedades
Las empresas, que hoy pagan 33%
de impuesto de renta, pagarán sólo 25% de éste, y el 8% restante se sustituirá por un nuevo impuesto
IE (Impuesto para la Equidad). El IE, a su vez, remplazará una parte de los
impuestos a la nómina que pagan las empresas: el empleador dejará de pagar los
aportes de ICBF, SENA y salud, que hoy paga por sus trabajadores de menos de 10
smmlv. De esta forma, la carga que hoy lleva la nómina, pasa a ser un impuesto
a las utilidades, permitiéndole a los sectores intensivos en trabajo, crear más
puestos formales.
Hoy en día el ICBF y el SENA
reciben sus recursos de los aportes de los empleadores y del Presupuesto
General de la Nación, en el caso del ICBF.
La propuesta busca diversificar
las fuentes de financiamiento de estas dos entidades, remplazando los aportes
que los empleadores hacen por la parte más inestable de la nómina, los
trabajadores que ganan menos de 10 smmlv, por un impuesto de nuevo, de
destinación específica que pagarán las empresas. Ambas entidades siguen
operando con las mismas reglas de gobierno corporativo que tienen hoy.
iii) La reforma de IVA
Hoy día existen 7 tarifas de IVA:
0%, 1.6%, 10%, 16%, 20%, 25% y 35%. Esto genera enormes cargas administrativas
para las empresas y para la DIAN. Es un sistema complejo de administrar y
comprender. Para simplificarlo, la propuesta elimina las tarifas del 1.6%, la del 10%, y todas las que hoy se encuentran
por encima del 16%. Se crea una tarifa de 5%, con lo cual al final existirían 3
tarifas: 0%, 5% y 16%. Los insumos de las cadenas productivas agropecuarias
pasan del 16% al 5% para aliviar la carga de impuestos pagados que deban ser
cobrados por la empresa y se le permite descontar su pago del impuesto de
renta. Esto elimina la figura de devolución en efectivo y mejora el flujo de
caja de las empresas, particularmente las pequeñas y medianas.
Se permite que quienes venden
productos gravados a tarifas inferiores al 16%, puedan descontar los IVAS
pagados en sus insumos, en su totalidad.
Hoy en día, los bienes y
servicios que se venden a una tasa inferior, sólo permiten descuentos hasta esa
misma tasa.
Se pasa el servicio de
restaurantes a la categoría de excluido del impuesto y se crea un impuesto al
consumo del 7% para esta partida.
Finalmente, se crea un impuesto
al consumo de lujo para los bienes que hoy se encuentran al 20%, 25% y 35% para
que las tasas totales de impuestos permanezcan en esos niveles, pero ahora como
una combinación de IVA e impuesto al consumo. Esto permite la eliminación de 3
tarifas de IVA.
iv) Ganancias ocasionales
Se reduce la tasa del impuesto a
las ganancias ocasionales por la venta de activos poseídos por más de dos años,
del 33% a una tarifa del 15% a la venta de sociedades y del 10% a la venta de
activos.
Se busca estimular por esta vía
que la gente pague este impuesto y no diseñe figuras complejas y costosas para
eludirlo.
v) Normas antievasión y antielusión
Finalmente la reforma contiene un
conjunto de normas, acordes con estándares internacionales, para evitar que
existan figuras a través de las cuales algunas empresas puedan tener
tratamientos más favorables que otras,
siendo todas las demás condiciones iguales. Estas normas buscan promover
la cultura del pago de los tributos y poner al país en la misma ruta de otras
jurisdicciones más avanzadas en materia tributaria.
2. ¿SE GRAVARÁ LA CANASTA BÁSICA?
No, los bienes que hacen parte de
esta canasta permanecen en las categorías de excluidos y exentos. De hecho, se
reduce la tasa de IVA de los insumos que se utilizan para producirlos, apoyando
a los pequeños y medianos empresarios del sector.
3. ¿SE AUMENTARÁN MIS IMPUESTOS?
En Colombia hay alrededor de 4,6
millones de contribuyentes al impuesto de renta. De éstos, sólo 1,1 millones
declaran renta, y el resto, pagan a través de sus retenciones en la fuente.
Para el grueso de los 4.6 millones, el impuesto a la renta va a bajar, puesto
que se le reducirán sus retenciones hasta llegar a la curva del IMAN, cuyas
tasas están por debajo de los niveles que se pagan hoy. En las personas de mayores ingresos sin embargo,
hoy se encuentra un grupo importante que pagan alrededor de 5% o menos de tasa
efectiva de impuesto (impuesto/ingreso bruto). En estos casos sí habrá un incremento,
que busca que esta tasa suba a medida que sube el ingreso, llegando a un nivel
de 15% como tasa máxima. Las comparaciones internacionales muestran que en
cualquier caso, las tasas a las que aspira esta primera reforma, siguen siendo
inferiores a los estándares internacionales.
4. ¿SE ELIMINAN LOS PARAFISCALES?
No, se sustituye una fuente de
financiación del SENA y el ICBF de un impuesto a la nómina que se paga por los
trabajadores de menores ingresos por un impuesto a las utilidades, que no
castiga la creación de empleo.
5. ¿Y CAMBIA EN ALGO EL FUNCIONAMIENTO DEL ICBF Y DEL SENA?
No, el único cambio se da en una
de sus fuentes de financiación, pero las entidades seguirán funcionando como
hoy. Es importante destacar que sus ingresos no se verán afectados; se crea una
fuente de destinación específica precisamente para asegurarlos.
6. ¿LAS EMPRESAS VAN A PAGAR MÁS IMPUESTOS?
Al sumar los efectos que se
generan por disminuir la carga sobre la nómina y la creación del IE, lo que se
va a observar es un alivio para aquellas empresas más intensivas en trabajo,
estimulando así la creación de empleos formales.
7. ¿SE GRAVARÁN LOS DIVIDENDOS?
No, la tributación de dividendos
seguirá siendo la de hoy, es decir, que sólo pagan impuestos a los dividendos
los accionistas en el caso en que la utilidad no haya sido gravada en la
sociedad.
Ver el enlace:
http://www.semana.com/economia/gobierno-destapa-nueva-reforma-tributaria/185747-3.aspx
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http://www.semana.com/economia/gobierno-destapa-nueva-reforma-tributaria/185747-3.aspx
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